Expresaron que la norma amenaza derechos políticos al convertir el derecho democrático a la protesta como delito.
El juez Gustavo Pierretti consideró que la resolución del Ministerio de Seguridad no importa una limitación o amenaza a la libertad ambulatoria, y que en caso de que afecte el derecho a la libertad de expresión o de reunión, ello debería reclamarse a través de una acción de amparo.
Consideró que el habeas corpus colectivo y preventivo presentado por asociaciones de periodistas no era la vía idónea para realizar la pretensión, ya que correspondía una acción de amparo. Además, remitieron al causa a la Justicia Federal.